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regulation_title: "REGLAMENTO de la Ley de Infraestructura de la Calidad"
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article_label: "Artículo 175"
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# REGLAMENTO de la Ley de Infraestructura de la Calidad - Artículo 175

## Texto del artículo

Contexto estructural:
- Libro segundo - Del sistema de calidad e innovación
- Título Tercero - De los Sujetos Facultados para Estandarizar, Organismos Nacionales de Estandarización y Autoridades Normalizadoras
- Capítulo IV - Del procedimiento de autorización y registro

```text
Artículo 175. Obtenida la autorización como Sujeto Facultado para Estandarizar o el registro como Organismo Nacional de Estandarización, se debe solicitar a la Comisión la creación del respectivo Comité Técnico de Estandarización, y una vez aprobado, el Comité puede iniciar sus actividades.
```

## Notas para agentes

- Citar como: REGLAMENTO de la Ley de Infraestructura de la Calidad, artículo 175.
- Este contenido pertenece a un reglamento federal.
- Cuando el artículo diga "la Ley" sin otra ley explícita, resolver contra LICal_010720.
- Para interpretación jurídica, verificar vigencia, reformas y criterios aplicables.
