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regulation_title: "REGLAMENTO de la Ley de Infraestructura de la Calidad"
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article_label: "Artículo 193"
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source: diputados
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# REGLAMENTO de la Ley de Infraestructura de la Calidad - Artículo 193

## Texto del artículo

Contexto estructural:
- Libro tercero - De la metrología
- Título primero - Del Sistema de Metrología
- Capítulo III - De la trazabilidad de las medidas

```text
Artículo 193. Para el Sistema de Metrología, la prestación de los servicios de los Organismos de Evaluación de la Conformidad debe realizarse con instrumentos para medir calibrados por Laboratorios de Calibración o de medición acreditados, y en su caso, aprobados.
```

## Notas para agentes

- Citar como: REGLAMENTO de la Ley de Infraestructura de la Calidad, artículo 193.
- Este contenido pertenece a un reglamento federal.
- Cuando el artículo diga "la Ley" sin otra ley explícita, resolver contra LICal_010720.
- Para interpretación jurídica, verificar vigencia, reformas y criterios aplicables.
