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regulation_title: "REGLAMENTO de la Ley de Infraestructura de la Calidad"
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# REGLAMENTO de la Ley de Infraestructura de la Calidad - Artículo 24

## Texto del artículo

Contexto estructural:
- Libro primero - Del Sistema Nacional de Infraestructura de la Calidad
- Título primero - Disposiciones generales
- Capítulo VI - De los Comités Mexicanos
- Sección Primera - Creación y funcionamiento de los Comités Mexicanos

```text
Artículo 24. Los Comités Mexicanos deben presentar a la Comisión, durante el primer bimestre del año calendario de que se trate, el plan de trabajo del año en curso, respecto a su participación en el organismo internacional de normalización correspondiente.
```

## Notas para agentes

- Citar como: REGLAMENTO de la Ley de Infraestructura de la Calidad, artículo 24.
- Este contenido pertenece a un reglamento federal.
- Cuando el artículo diga "la Ley" sin otra ley explícita, resolver contra LICal_010720.
- Para interpretación jurídica, verificar vigencia, reformas y criterios aplicables.
