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regulation_title: "REGLAMENTO de la Ley de Infraestructura de la Calidad"
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article_label: "Artículo 48"
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source: diputados
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# REGLAMENTO de la Ley de Infraestructura de la Calidad - Artículo 48

## Texto del artículo

Contexto estructural:
- Libro primero - Del Sistema Nacional de Infraestructura de la Calidad
- Título Segundo - De las instancias encargadas de la normalización
- Capítulo II - Del Consejo Técnico

```text
Artículo 48. El Consejo Técnico debe elaborar su informe anual de actividades para ser sometido a consideración de la persona titular de la Presidencia de la Comisión e integrarlo en el informe anual de la Comisión.
```

## Notas para agentes

- Citar como: REGLAMENTO de la Ley de Infraestructura de la Calidad, artículo 48.
- Este contenido pertenece a un reglamento federal.
- Cuando el artículo diga "la Ley" sin otra ley explícita, resolver contra LICal_010720.
- Para interpretación jurídica, verificar vigencia, reformas y criterios aplicables.
