---
regulation_key: "Reg_LICal"
regulation_title: "REGLAMENTO de la Ley de Infraestructura de la Calidad"
kind: reglamento
content_level: regulation_article
article_key: "85"
article_label: "Artículo 85"
article_type: "ordinary"
parent_law_key: "LICal_010720"
canonical_path: "/Reg_LICal/articulo/85/"
source: diputados
---

# REGLAMENTO de la Ley de Infraestructura de la Calidad - Artículo 85

## Texto del artículo

Contexto estructural:
- Libro primero - Del Sistema Nacional de Infraestructura de la Calidad
- Título quinto - De la integración y organización de la Evaluación de la Conformidad
- Capítulo I - De la acreditación de instancias públicas e Instituciones de Investigación y de Enseñanza

```text
Artículo 85. Los sujetos previstos en el artículo 80 de este Reglamento que obtengan una acreditación deben entregar a la Secretaría sus listados de precios y tarifas, para que ésta las publique en la PLATIICA, en términos del artículo 97 de este Reglamento.
```

## Notas para agentes

- Citar como: REGLAMENTO de la Ley de Infraestructura de la Calidad, artículo 85.
- Este contenido pertenece a un reglamento federal.
- Cuando el artículo diga "la Ley" sin otra ley explícita, resolver contra LICal_010720.
- Para interpretación jurídica, verificar vigencia, reformas y criterios aplicables.
