---
regulation_key: "Reg_LICal"
regulation_title: "REGLAMENTO de la Ley de Infraestructura de la Calidad"
kind: reglamento
content_level: regulation_article
article_key: "91"
article_label: "Artículo 91"
article_type: "ordinary"
parent_law_key: "LICal_010720"
canonical_path: "/Reg_LICal/articulo/91/"
source: diputados
---

# REGLAMENTO de la Ley de Infraestructura de la Calidad - Artículo 91

## Texto del artículo

Contexto estructural:
- Libro primero - Del Sistema Nacional de Infraestructura de la Calidad
- Título quinto - De la integración y organización de la Evaluación de la Conformidad
- Capítulo III - De los Organismos de Evaluación de la Conformidad

```text
Artículo 91. Para los efectos del artículo 53, fracción IV, de la Ley, se consideran otros proveedores y prestadores de servicios, los siguientes:
I. Proveedores de Ensayos de Aptitud;
II. Proveedores de Programas de Inter Comparaciones;
III. Productores de Materiales de Referencia;
IV. Organismos validadores o verificadores, y
V. Aquellos que resulten necesarios para la atención de los Objetivos Legítimos de Interés Público.
```

## Notas para agentes

- Citar como: REGLAMENTO de la Ley de Infraestructura de la Calidad, artículo 91.
- Este contenido pertenece a un reglamento federal.
- Cuando el artículo diga "la Ley" sin otra ley explícita, resolver contra LICal_010720.
- Para interpretación jurídica, verificar vigencia, reformas y criterios aplicables.
