---
regulation_key: "Reg_LIEG"
regulation_title: "REGLAMENTO de la Ley de Información Estadística y Geográfica"
kind: reglamento
content_level: regulation_article
article_key: "25"
article_label: "Artículo 25"
article_type: "ordinary"
canonical_path: "/Reg_LIEG/articulo/25/"
source: diputados
---

# REGLAMENTO de la Ley de Información Estadística y Geográfica - Artículo 25

## Texto del artículo

Contexto estructural:
- TITULO SEGUNDO - De los Servicios Nacionales de Estadística y de Información Geográfica.
- CAPITULO I - De la Estadística, de los Censos, de las Encuestas y de los Inventarios Nacionales de Estadística y de Información Geográfica.

```text
ARTICULO 25.- Los inventarios nacionales deberán captar individualmente las características fundamentales de las unidades elaboradoras de las estadísticas y de la información geográfica, conforme a la metodología en la obtención de datos a que se refiere la Ley.
```

## Notas para agentes

- Citar como: REGLAMENTO de la Ley de Información Estadística y Geográfica, artículo 25.
- Este contenido pertenece a un reglamento federal.
- Para interpretación jurídica, verificar vigencia, reformas y criterios aplicables.
