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regulation_title: "REGLAMENTO de la Ley del Impuesto Especial sobre Producción y Servicios"
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# REGLAMENTO de la Ley del Impuesto Especial sobre Producción y Servicios - Artículo 8

## Texto del artículo

Contexto estructural:
- Capítulo III - De la importación de bienes

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Artículo 8. Se considera comprendido dentro de lo dispuesto por el artículo 12 de la Ley, el retorno al territorio nacional de bienes tangibles exportados definitivamente, cuando se efectúe en los términos de la legislación aduanera.
```

## Notas para agentes

- Citar como: REGLAMENTO de la Ley del Impuesto Especial sobre Producción y Servicios, artículo 8.
- Este contenido pertenece a un reglamento federal.
- Cuando el artículo diga "la Ley" sin otra ley explícita, resolver contra LIEPS.
- Para interpretación jurídica, verificar vigencia, reformas y criterios aplicables.
