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regulation_title: "REGLAMENTO de la Ley del Instituto del Fondo Nacional para el Consumo de los Trabajadores"
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# REGLAMENTO de la Ley del Instituto del Fondo Nacional para el Consumo de los Trabajadores - Artículo 15

## Texto del artículo

Contexto estructural:
- CAPÍTULO SEGUNDO - De las Atribuciones del Instituto

```text
Artículo 15.- El Instituto podrá conceder a los trabajadores créditos destinados para la adquisición de bienes y pago de servicios comprendidos dentro de sus programas de crédito, en los siguientes rubros:

I. 	Formación educativa y capacitación para el trabajador y su familia;

II. 	Servicios de salud;

III. 	Mejoramiento de la vivienda, incluyendo autoconstrucción;

IV. 	Mobiliario y enseres para el hogar, equipo informático, instrumentos musicales, ropa y calzado;

V. 	Apoyo a empresas y talleres familiares, que incluye maquinaria y equipamiento menor, materiales y herramienta;

VI. 	Vehículos de uso familiar y de trabajo nuevos y usados, debidamente legalizados;

VII. 	Esparcimiento y cultura, que incluye viajes turísticos, y

VIII. 	Seguridad patrimonial, que incluye gastos notariales, seguros y servicios funerarios.

Asimismo, el Instituto podrá conceder créditos para el destino que se señale en los programas especiales del Ejecutivo Federal y en cualesquiera otros rubros que sean determinados y aprobados por el Consejo Directivo del Instituto; estos últimos deberán favorecer el desarrollo de los trabajadores y el crecimiento del patrimonio de sus familias.
```

## Notas para agentes

- Citar como: REGLAMENTO de la Ley del Instituto del Fondo Nacional para el Consumo de los Trabajadores, artículo 15.
- Este contenido pertenece a un reglamento federal.
- Cuando el artículo diga "la Ley" sin otra ley explícita, resolver contra LIFNCT.
- Para interpretación jurídica, verificar vigencia, reformas y criterios aplicables.
