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regulation_title: "REGLAMENTO de la Ley del Instituto del Fondo Nacional para el Consumo de los Trabajadores"
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# REGLAMENTO de la Ley del Instituto del Fondo Nacional para el Consumo de los Trabajadores - Artículo 17

## Texto del artículo

Contexto estructural:
- CAPÍTULO TERCERO - Del Consejo Directivo

```text
Artículo 17.- Para los efectos del artículo 14 de la Ley, el Titular de la Secretaría del Trabajo y Previsión Social determinará cuáles Confederaciones de patrones y trabajadores más representativas del país integrarán el Consejo Directivo.

Los servidores públicos que participen en el Consejo Directivo y en los comités de apoyo realizarán sus funciones de forma honorífica.
```

## Notas para agentes

- Citar como: REGLAMENTO de la Ley del Instituto del Fondo Nacional para el Consumo de los Trabajadores, artículo 17.
- Este contenido pertenece a un reglamento federal.
- Cuando el artículo diga "la Ley" sin otra ley explícita, resolver contra LIFNCT.
- Para interpretación jurídica, verificar vigencia, reformas y criterios aplicables.
