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regulation_title: "REGLAMENTO de la Ley de Ingresos sobre Hidrocarburos"
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# REGLAMENTO de la Ley de Ingresos sobre Hidrocarburos - Artículo 25

## Texto del artículo

Contexto estructural:
- CAPÍTULO III - DE LA DETERMINACIÓN Y VERIFICACIÓN DE LAS CONTRAPRESTACIONES

```text
Artículo 25.- La Secretaría de Energía debe notificar al Fondo Mexicano del Petróleo y a la Secretaría, las determinaciones que adopte sobre la modificación, terminación, rescisión o cesión de los Contratos al tercer día hábil siguiente.
Artículo reformado DOF 03-10-2025
```

## Notas para agentes

- Citar como: REGLAMENTO de la Ley de Ingresos sobre Hidrocarburos, artículo 25.
- Este contenido pertenece a un reglamento federal.
- Cuando el artículo diga "la Ley" sin otra ley explícita, resolver contra LIH.
- Para interpretación jurídica, verificar vigencia, reformas y criterios aplicables.
