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regulation_title: "REGLAMENTO de la Ley de Ingresos sobre Hidrocarburos"
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# REGLAMENTO de la Ley de Ingresos sobre Hidrocarburos - Artículo 5

## Texto del artículo

Contexto estructural:
- CAPÍTULO II - DE LA DETERMINACIÓN DE LAS CONDICIONES ECONÓMICAS RELATIVAS A LOS TÉRMINOS FISCALES
- Sección Primera - De los Contratos Adjudicados por Licitación Pública

```text
Artículo 5.- La Secretaría debe determinar las condiciones económicas relativas a los términos fiscales para los procesos excepcionales de licitación de los Contratos, previa solicitud de la Secretaría de Energía. Al efecto, la Secretaría de Energía enviará a la Secretaría lo siguiente:
Párrafo reformado DOF 03-10-2025

I.	La determinación sobre el Modelo de Contratación;

II.	El proyecto preliminar de lineamientos técnicos del proceso de licitación, incluyendo su propuesta inicial de los criterios de precalificación;

III.	El proyecto de los Términos y Condiciones Técnicos, y

IV.	La información soporte que incluirá, cuando menos, la información relativa a los gastos, costos e inversiones necesarios para un desarrollo eficiente desde el punto de vista técnico, así como los perfiles de producción, por tipo de Hidrocarburo, para cada Área Contractual, y será entregada por la Secretaría de Energía en los formatos y conforme a los términos que se determinen en los convenios de coordinación que para tal efecto suscriban dichas dependencias.
```

## Notas para agentes

- Citar como: REGLAMENTO de la Ley de Ingresos sobre Hidrocarburos, artículo 5.
- Este contenido pertenece a un reglamento federal.
- Cuando el artículo diga "la Ley" sin otra ley explícita, resolver contra LIH.
- Para interpretación jurídica, verificar vigencia, reformas y criterios aplicables.
