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regulation_title: "REGLAMENTO de la Ley de Ingresos sobre Hidrocarburos"
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# REGLAMENTO de la Ley de Ingresos sobre Hidrocarburos - Artículo 8

## Texto del artículo

Contexto estructural:
- CAPÍTULO II - DE LA DETERMINACIÓN DE LAS CONDICIONES ECONÓMICAS RELATIVAS A LOS TÉRMINOS FISCALES
- Sección Primera - De los Contratos Adjudicados por Licitación Pública

```text
Artículo 8.- La Secretaría de Energía podrá emitir opinión respecto de lo dispuesto en los incisos a) y b) de la fracción II del artículo 6 de este Reglamento, dentro de los cinco días hábiles siguientes a que reciba la resolución de la Secretaría. Con base en la opinión mencionada, la Secretaría podrá adecuar su resolución dentro de los cinco días hábiles siguientes.
```

## Notas para agentes

- Citar como: REGLAMENTO de la Ley de Ingresos sobre Hidrocarburos, artículo 8.
- Este contenido pertenece a un reglamento federal.
- Cuando el artículo diga "la Ley" sin otra ley explícita, resolver contra LIH.
- Para interpretación jurídica, verificar vigencia, reformas y criterios aplicables.
