---
regulation_key: "Reg_LISR"
regulation_title: "REGLAMENTO de la Ley del Impuesto sobre la Renta"
kind: reglamento
content_level: regulation_article
article_key: "158"
article_label: "Artículo 158"
article_type: "ordinary"
parent_law_key: "LISR"
canonical_path: "/Reg_LISR/articulo/158/"
source: diputados
---

# REGLAMENTO de la Ley del Impuesto sobre la Renta - Artículo 158

## Texto del artículo

Contexto estructural:
- TÍTULO IV - De las Personas Físicas

```text
Artículo 158. Para efectos del artículo 93, fracción XXVII de la Ley, se dará el tratamiento establecido en dicha fracción, al traspaso de recursos entre sociedades de inversión especializadas de fondos para el retiro o entre administradoras de fondos para el retiro, provenientes de las subcuentas de retiro, cesantía en edad avanzada y vejez, de aportaciones complementarias de retiro, de aportaciones voluntarias y de ahorro a largo plazo, de cuentas de ahorro para el retiro, del seguro de retiro y de fondos de previsión social, que se realice de conformidad con las leyes de seguridad social o de la Ley de los Sistemas de Ahorro para el Retiro, así como al traspaso de recursos de la subcuenta de aportaciones voluntarias a la subcuenta de aportaciones complementarias de retiro a las que se refiere la Ley de los Sistemas de Ahorro para el Retiro.
```

## Notas para agentes

- Citar como: REGLAMENTO de la Ley del Impuesto sobre la Renta, artículo 158.
- Este contenido pertenece a un reglamento federal.
- Cuando el artículo diga "la Ley" sin otra ley explícita, resolver contra LISR.
- Para interpretación jurídica, verificar vigencia, reformas y criterios aplicables.
