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regulation_title: "REGLAMENTO de la Ley del Impuesto sobre la Renta"
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# REGLAMENTO de la Ley del Impuesto sobre la Renta - Artículo 187

## Texto del artículo

Contexto estructural:
- TÍTULO IV - De las Personas Físicas
- CAPÍTULO II - De los Ingresos por Actividades Empresariales y Profesionales
- SECCIÓN ÚNICA - De las Personas Físicas con Actividades Empresariales y Profesionales

```text
Artículo 187. Para efectos de los artículos 101, fracción I y 102, párrafo tercero de la Ley, se entenderá que los ingresos son efectivamente percibidos en el momento en el que se consuma la prescripción, conforme a la legislación aplicable al acto jurídico del que proviene el derecho del acreedor, no siendo necesaria la declaratoria de procedencia por parte de la autoridad correspondiente.
```

## Notas para agentes

- Citar como: REGLAMENTO de la Ley del Impuesto sobre la Renta, artículo 187.
- Este contenido pertenece a un reglamento federal.
- Cuando el artículo diga "la Ley" sin otra ley explícita, resolver contra LISR.
- Para interpretación jurídica, verificar vigencia, reformas y criterios aplicables.
