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regulation_title: "REGLAMENTO de la Ley del Instituto de Seguridad Social para las Fuerzas Armadas Mexicanas"
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# REGLAMENTO de la Ley del Instituto de Seguridad Social para las Fuerzas Armadas Mexicanas - Artículo 10

## Texto del artículo

Contexto estructural:
- TÍTULO PRIMERO - Disposiciones Generales
- CAPÍTULO II - De la Afiliación y de la Vigencia de Derechos

```text
Artículo 10. Cuando la persona militar retirada con derecho a haber de retiro o pensionista se encuentre impedida física o mentalmente, para recibir el pago del beneficio correspondiente, éste se efectuará por conducto de la persona titular de la representación legal acreditada ante el Instituto.
Artículo reformado DOF 20-03-2026
```

## Notas para agentes

- Citar como: REGLAMENTO de la Ley del Instituto de Seguridad Social para las Fuerzas Armadas Mexicanas, artículo 10.
- Este contenido pertenece a un reglamento federal.
- Cuando el artículo diga "la Ley" sin otra ley explícita, resolver contra LISSFAM.
- Para interpretación jurídica, verificar vigencia, reformas y criterios aplicables.
