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regulation_title: "REGLAMENTO de la Ley del Impuesto al Valor Agregado"
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# REGLAMENTO de la Ley del Impuesto al Valor Agregado - Artículo 8

## Texto del artículo

Contexto estructural:
- Capítulo I - Disposiciones generales

```text
Artículo 8. Para los efectos del artículo 2o.-A, fracción I, inciso e) de la Ley, se considera que una embarcación es destinada a la pesca comercial cuando en la matrícula o el registro de la misma, así se determine, salvo prueba en contrario.

Asimismo, para los efectos del artículo 25, fracción III de la Ley, tratándose de la importación de las citadas embarcaciones, éstas se consideran destinadas a la pesca comercial, cuando para los efectos del pago del impuesto general de importación se les considere como barcos pesqueros, barcos factoría o demás barcos para la preparación o la conservación de los productos de la pesca.
```

## Notas para agentes

- Citar como: REGLAMENTO de la Ley del Impuesto al Valor Agregado, artículo 8.
- Este contenido pertenece a un reglamento federal.
- Cuando el artículo diga "la Ley" sin otra ley explícita, resolver contra LIVA.
- Para interpretación jurídica, verificar vigencia, reformas y criterios aplicables.
