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regulation_title: "REGLAMENTO de la Ley de Migración"
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article_label: "Artículo 236"
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# REGLAMENTO de la Ley de Migración - Artículo 236

## Texto del artículo

Contexto estructural:
- TÍTULO NOVENO - DE LOS PROCEDIMIENTOS ADMINISTRATIVOS EN MATERIA MIGRATORIA
- CAPÍTULO QUINTO - DEL ALOJAMIENTO EN LAS ESTACIONES MIGRATORIAS Y ESTANCIAS PROVISIONALES

```text
Artículo 236. Las estaciones migratorias deberán contar con áreas de estancia separadas para mujeres y hombres, garantizando en todo momento la unidad familiar.

El personal de seguridad, vigilancia y custodia que realice sus funciones en los dormitorios de mujeres, será exclusivamente del sexo femenino.
```

## Notas para agentes

- Citar como: REGLAMENTO de la Ley de Migración, artículo 236.
- Este contenido pertenece a un reglamento federal.
- Cuando el artículo diga "la Ley" sin otra ley explícita, resolver contra LMigra.
- Para interpretación jurídica, verificar vigencia, reformas y criterios aplicables.
