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regulation_title: "REGLAMENTO de la Ley Minera"
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# REGLAMENTO de la Ley Minera - Artículo 70

## Texto del artículo

Contexto estructural:
- TÍTULO CUARTO - Obligaciones que Imponen las Concesiones y Asignaciones Mineras y el Beneficio de Minerales
- CAPÍTULO IV - De los Informes Estadísticos, Técnicos y Contables

```text
ARTÍCULO 70.- Los titulares de concesiones mineras con más de seis años de vigencia están obligados a rendir a la Secretaría, de manera anual un informe sobre la producción, beneficio y destino de minerales o sustancias por el período enero-diciembre, dentro de los primeros treinta días hábiles del año siguiente al que se reporta. Dicho informe deberá contener:

I.	Nombre del titular de la concesión minera o de quien lleve a cabo estas obras y trabajos mediante contrato, o de la persona que realice las operaciones de beneficio;

II.	Nombre del lote y número de título o de aquél que encabece a un agrupamiento o bien listado de números de título de concesión minera tratándose de minerales o sustancias procesados a terceros en instalaciones de beneficio, fundición o refinación;

III.	Período a que se refiere el informe, y

IV.	Los datos de producción anual citando los minerales o sustancias extraídos, beneficiados, enviados a fundición o refinados y, en el caso de instalaciones de beneficio, fundición o refinación los productos o subproductos obtenidos; tonelaje seco extraído u obtenido y sus contenidos, tanto propio, adquirido o procesado a terceros; procedencia del mineral o sustancia y balance de producción, y volumen, valor y destino de la producción.

Asimismo, nombre de la empresa ubicada en territorio nacional operadora de las instalaciones de beneficio, fundición o refinación a las cuales se hayan remitido los minerales o sustancias extraídos, en su caso.
```

## Notas para agentes

- Citar como: REGLAMENTO de la Ley Minera, artículo 70.
- Este contenido pertenece a un reglamento federal.
- Cuando el artículo diga "la Ley" sin otra ley explícita, resolver contra LMin.
- Para interpretación jurídica, verificar vigencia, reformas y criterios aplicables.
