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# REGLAMENTO de la Ley Minera - Artículo 87

## Texto del artículo

Contexto estructural:
- TÍTULO SEXTO - Registro Público de Minería y Cartografía Minera
- CAPÍTULO II - Del Procedimiento Registral

```text
ARTÍCULO 87.- Las actividades registrales se ejercerán de acuerdo con lo dispuesto por la Ley, este Reglamento y el Reglamento Interior de la Secretaría de Economía.
```

## Notas para agentes

- Citar como: REGLAMENTO de la Ley Minera, artículo 87.
- Este contenido pertenece a un reglamento federal.
- Cuando el artículo diga "la Ley" sin otra ley explícita, resolver contra LMin.
- Para interpretación jurídica, verificar vigencia, reformas y criterios aplicables.
