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regulation_title: "REGLAMENTO de la Ley de Navegación y Comercio Marítimos"
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article_label: "Artículo 273"
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# REGLAMENTO de la Ley de Navegación y Comercio Marítimos - Artículo 273

## Texto del artículo

Contexto estructural:
- Título Tercero - De la Navegación
- Capítulo III - Inspección de la Seguridad Marítima
- Sección II - Régimen de Inspección, Verificación y Certificación de Embarcaciones y Artefactos Navales

```text
Artículo 273.- Cuando se trate de Embarcaciones mixtas de carga y pasaje, éstas deberán cumplir con las regulaciones aplicables que establezcan las Mayores medidas de seguridad para su Navegación u operación, sus Pasajeros, la carga y de los demás bienes a bordo, así como la protección del medio ambiente marino.
```

## Notas para agentes

- Citar como: REGLAMENTO de la Ley de Navegación y Comercio Marítimos, artículo 273.
- Este contenido pertenece a un reglamento federal.
- Cuando el artículo diga "la Ley" sin otra ley explícita, resolver contra LNCM.
- Para interpretación jurídica, verificar vigencia, reformas y criterios aplicables.
