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regulation_title: "REGLAMENTO de la Ley de Navegación y Comercio Marítimos"
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# REGLAMENTO de la Ley de Navegación y Comercio Marítimos - Artículo 563

## Texto del artículo

Contexto estructural:
- Título Tercero - De la Navegación
- Capítulo VI - Organización del Tráfico Marítimo
- Sección II - Centros de Control de Tráfico Marítimo

```text
Artículo 563.- En caso del desarrollo de nuevas tecnologías, crecimiento de las operaciones en los puertos, modificaciones en la infraestructura portuaria y cambios en las regulaciones nacionales e internacionales que afecten la eficiente operación del CCTM, la Dirección General podrá dictar las normas técnicas necesarias, a fin de que éste se adapte a tales cambios o modificaciones.
```

## Notas para agentes

- Citar como: REGLAMENTO de la Ley de Navegación y Comercio Marítimos, artículo 563.
- Este contenido pertenece a un reglamento federal.
- Cuando el artículo diga "la Ley" sin otra ley explícita, resolver contra LNCM.
- Para interpretación jurídica, verificar vigencia, reformas y criterios aplicables.
