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regulation_title: "REGLAMENTO de la Ley de Navegación y Comercio Marítimos"
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# REGLAMENTO de la Ley de Navegación y Comercio Marítimos - Transitorio Décimo Primero

## Texto del artículo

Contexto estructural:
- Transitorios

```text
Décimo Primero.- Los Centros de Control de Tráfico Marítimo que no cuenten con Reglas de Operación autorizadas por la Dirección General, deberán dentro de un plazo de noventa días naturales a partir de la entrada en vigor de este Reglamento, presentarlas para tal fin ante dicha autoridad.
```

## Notas para agentes

- Citar como: REGLAMENTO de la Ley de Navegación y Comercio Marítimos, artículo transitorio-decimo-primero.
- Este contenido pertenece a un reglamento federal.
- Cuando el artículo diga "la Ley" sin otra ley explícita, resolver contra LNCM.
- Para interpretación jurídica, verificar vigencia, reformas y criterios aplicables.
