---
regulation_key: "Reg_LOGan"
regulation_title: "REGLAMENTO de la Ley de Organizaciones Ganaderas"
kind: reglamento
content_level: regulation_article
article_key: "43"
article_label: "Artículo 43"
article_type: "ordinary"
parent_law_key: "57"
canonical_path: "/Reg_LOGan/articulo/43/"
source: diputados
---

# REGLAMENTO de la Ley de Organizaciones Ganaderas - Artículo 43

## Texto del artículo

Contexto estructural:
- TÍTULO SEGUNDO - DE LAS ORGANIZACIONES GANADERAS
- CAPÍTULO III - DE LOS ÓRGANOS Y REPRESENTANTES
- SECCIÓN PRIMERA - DE LA ASAMBLEA GENERAL

```text
Artículo 43.- En las asambleas generales que celebren las asociaciones, se computará un voto por cada socio asistente o su representante, que deberá a su vez ser socio. El representante deberá cumplir con lo siguiente: exhibir carta poder ratificada ante fedatario público y no representar a más de un socio.

En las asociaciones, las unidades de producción colectiva que tengan el carácter de socio, ejercerán su voto a través de quien conforme a su organización interna legalmente las represente; o bien, por medio de la persona que su órgano directivo designe.

En las asambleas generales que celebren las uniones, se computará un voto por cada delegado propietario asistente; el suplente votará sólo en ausencia del delegado propietario.

Para el caso de la Confederación se computarán dos votos por cada socio a través de sus delegados propietarios; los suplentes votarán sólo en ausencia de los delegados propietarios.
```

## Notas para agentes

- Citar como: REGLAMENTO de la Ley de Organizaciones Ganaderas, artículo 43.
- Este contenido pertenece a un reglamento federal.
- Cuando el artículo diga "la Ley" sin otra ley explícita, resolver contra 57.
- Para interpretación jurídica, verificar vigencia, reformas y criterios aplicables.
