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regulation_title: "REGLAMENTO de la Ley de Organizaciones Ganaderas"
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# REGLAMENTO de la Ley de Organizaciones Ganaderas - Artículo 63

## Texto del artículo

Contexto estructural:
- TÍTULO TERCERO - DEL SISTEMA REGISTRAL
- CAPÍTULO I - DEL REGISTRO NACIONAL DE ORGANISMOS GANADEROS

```text
Artículo 63.- El Registro Nacional de Organismos Ganaderos podrá realizar cotejos y expedir copias certificadas de los documentos que obren bajo su custodia, previo pago de los derechos correspondientes.

Las personas que acrediten su interés jurídico podrán obtener información sobre los asientos registrales y solicitar a su costa las constancias que los acrediten.
```

## Notas para agentes

- Citar como: REGLAMENTO de la Ley de Organizaciones Ganaderas, artículo 63.
- Este contenido pertenece a un reglamento federal.
- Cuando el artículo diga "la Ley" sin otra ley explícita, resolver contra 57.
- Para interpretación jurídica, verificar vigencia, reformas y criterios aplicables.
