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regulation_title: "REGLAMENTO de la Ley de Organizaciones Ganaderas"
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# REGLAMENTO de la Ley de Organizaciones Ganaderas - Artículo 91

## Texto del artículo

Contexto estructural:
- TÍTULO TERCERO - DEL SISTEMA REGISTRAL
- CAPÍTULO III - DE LA OBTENCIÓN DEL REGISTRO
- SECCIÓN CUARTA - DE LOS CERTIFICADOS

```text
Artículo 91.- Los certificados a que se refiere el artículo anterior, deberán contener:

I.	Los datos del registro respectivo;

II.	La ubicación del asiento registral dentro de los folios ganaderos;

III.	La fecha en la que se expide el registro, y

IV.	La firma de quien lo expide y el sello correspondiente.
```

## Notas para agentes

- Citar como: REGLAMENTO de la Ley de Organizaciones Ganaderas, artículo 91.
- Este contenido pertenece a un reglamento federal.
- Cuando el artículo diga "la Ley" sin otra ley explícita, resolver contra 57.
- Para interpretación jurídica, verificar vigencia, reformas y criterios aplicables.
