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regulation_title: "REGLAMENTO de la Ley Orgánica del Instituto Nacional de Antropología e Historia"
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# REGLAMENTO de la Ley Orgánica del Instituto Nacional de Antropología e Historia - Artículo 40

## Texto del artículo

Contexto estructural:
- CAPÍTULO V - DE LOS CONSEJOS DEL INSTITUTO

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Artículo 40. El Consejo General Consultivo se integra por diecisiete miembros, conforme a lo siguiente:

I.	El titular de la Dirección General, quien lo presidirá, y

II.	Cuatro Consejeros por cada uno de los Consejos de Área, de los cuales dos serán designados por el titular de la Dirección General, y dos electos por el Consejo de Área correspondiente.

El titular de la Dirección General podrá designar a su suplente por ausencia.
```

## Notas para agentes

- Citar como: REGLAMENTO de la Ley Orgánica del Instituto Nacional de Antropología e Historia, artículo 40.
- Este contenido pertenece a un reglamento federal.
- Cuando el artículo diga "la Ley" sin otra ley explícita, resolver contra 170_171215.
- Para interpretación jurídica, verificar vigencia, reformas y criterios aplicables.
