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regulation_title: "REGLAMENTO de la Ley Orgánica del Instituto Nacional de Antropología e Historia"
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# REGLAMENTO de la Ley Orgánica del Instituto Nacional de Antropología e Historia - Artículo 55

## Texto del artículo

Contexto estructural:
- CAPÍTULO VII - DE LAS SUPLENCIAS

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Artículo 55. Las ausencias del titular de la Dirección General del Instituto serán suplidas por los titulares de la Secretaría Técnica, de la Secretaría Administrativa, y de la Coordinación Nacional de Asuntos Jurídicos, en el orden mencionado.
```

## Notas para agentes

- Citar como: REGLAMENTO de la Ley Orgánica del Instituto Nacional de Antropología e Historia, artículo 55.
- Este contenido pertenece a un reglamento federal.
- Cuando el artículo diga "la Ley" sin otra ley explícita, resolver contra 170_171215.
- Para interpretación jurídica, verificar vigencia, reformas y criterios aplicables.
