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regulation_title: "REGLAMENTO de la Ley Orgánica de la Procuraduría General de Justicia del Distrito Federal"
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article_label: "Artículo 108"
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# REGLAMENTO de la Ley Orgánica de la Procuraduría General de Justicia del Distrito Federal - Artículo 108

## Texto del artículo

Contexto estructural:
- TÍTULO QUINTO - DEL SERVICIO PROFESIONAL DE CARRERA
- CAPÍTULO II - DEL INGRESO AL SERVICIO PROFESIONAL DE CARRERA

```text
Artículo 108.- El ingreso al Servicio Profesional de Carrera será en el cargo de Oficial Secretario del Ministerio Público, Perito Profesional o Técnico y Agente de la Policía de Investigación, consideradas básicas en cada rama.
```

## Notas para agentes

- Citar como: REGLAMENTO de la Ley Orgánica de la Procuraduría General de Justicia del Distrito Federal, artículo 108.
- Este contenido pertenece a un reglamento federal.
- Cuando el artículo diga "la Ley" sin otra ley explícita, resolver contra LOPGJDF.
- Para interpretación jurídica, verificar vigencia, reformas y criterios aplicables.
