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regulation_title: "REGLAMENTO de la Ley Orgánica de la Procuraduría General de Justicia del Distrito Federal"
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article_label: "Artículo 44"
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# REGLAMENTO de la Ley Orgánica de la Procuraduría General de Justicia del Distrito Federal - Artículo 44

## Texto del artículo

Contexto estructural:
- TÍTULO CUARTO - DE LAS ATRIBUCIONES
- CAPÍTULO VII - DE LA DIRECCIÓN GENERAL DE COMUNICACIÓN SOCIAL

```text
Artículo 44.- La Dirección General de Comunicación Social, para el cumplimiento de sus atribuciones, contará con la estructura siguiente:

I. Dirección de Información;

II. Dirección de Análisis y Evaluación;

III. Dirección de Difusión;

IV. Dirección de Relaciones Institucionales, y

V. Subdirección de Control y Logística.
```

## Notas para agentes

- Citar como: REGLAMENTO de la Ley Orgánica de la Procuraduría General de Justicia del Distrito Federal, artículo 44.
- Este contenido pertenece a un reglamento federal.
- Cuando el artículo diga "la Ley" sin otra ley explícita, resolver contra LOPGJDF.
- Para interpretación jurídica, verificar vigencia, reformas y criterios aplicables.
