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# REGLAMENTO de la Ley Orgánica de la Procuraduría General de Justicia del Distrito Federal - Artículo 83

## Texto del artículo

Contexto estructural:
- TÍTULO CUARTO - DE LAS ATRIBUCIONES
- CAPÍTULO XVI - DE LA OFICIALÍA MAYOR

```text
Artículo 83.- Al frente de la Dirección General de Programación, Organización y Presupuesto habrá un Director General, quien ejercerá por sí o a través de los servidores públicos que le estén adscritos, las atribuciones siguientes:

I. Establecer, aplicar y difundir las normas, políticas, sistemas y procedimientos para la instrumentación de los sistemas de planeación, programación, presupuestación, evaluación y control financiero y contable de la Procuraduría General de Justicia del Distrito Federal;

II. Conducir la integración del Anteproyecto del Presupuesto de Egresos de la Procuraduría y realizar las gestiones necesarias para su autorización, así como controlar y evaluar el presupuesto asignado, modificado y ejercido de la Institución, en apego a la normatividad aplicable;

III. Dirigir, controlar, dar seguimiento y asesorar a las unidades administrativas en el ejercicio del presupuesto autorizado y comunicar de sus avances, así como tramitar ante las instancias competentes el pago de los documentos derivados de los compromisos adquiridos;

IV. Conducir y supervisar el control presupuestal de los pedidos, contratos y convenios en materia de obras y servicios en los que participe la Procuraduría;

V. Elaborar informes contables internos, verificar y resguardar los registros contables, así como formular, consolidar y generar los estados financieros y demás información de tipo contable y financiera de la Institución;

VI. Presentar a la Oficialía Mayor de la Institución, los proyectos de adecuaciones a la estructura orgánica de la Procuraduría, así como coordinar y asesorar a las unidades administrativas de la Institución en el rediseño de su estructura, y emitir una opinión técnica sobre las propuestas de modificación a las mismas;

VII. Dirigir la integración del Manual General de Organización, los manuales de organización específicos, los de normas y procedimientos, y los demás documentos técnicos y administrativos que resulten necesarios para el buen funcionamiento de la Procuraduría, y tramitar ante las instancias correspondientes su oficialización, y verificar su permanente actualización;

VIII. Establecer y difundir las normas, sistemas y procedimientos para la administración de los recursos financieros de la Procuraduría, con apego a las Políticas de Racionalidad, Austeridad y Disciplina Presupuestal emitidas por el Gobierno del Distrito Federal y observando los lineamientos establecidos por el Procurador y la Oficialía Mayor;

IX. Aplicar las normas y lineamientos en materia de pagos a proveedores o contratistas, de acuerdo a los pedidos, convenios o contratos celebrados con la Institución, en apego a lo establecido en las disposiciones correspondientes;

X. Coordinar la integración de la Cuenta Pública anual, así como de los Informes de Avance trimestral de la Institución y los demás reportes que le requiera el Oficial Mayor;

XI. Coordinar con la Dirección General Jurídico Consultiva y de Implementación del Sistema de Justicia Penal la formulación de los informes previos y justificados en los juicios de amparo promovidos contra actos de los servidores públicos adscritos a la Dirección General, así como la presentación de las promociones y los recursos que deban interponerse;

XII. Atender los requerimientos o peticiones de información, dirigidos a la Oficina de Información Pública de la dependencia, en coordinación con la Dirección General de Política y Estadística Criminal, de acuerdo a los lineamientos que se establezcan y de conformidad con la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Distrito Federal y demás normatividad aplicable;

XIII. Llevar a cabo las acciones que correspondan a la administración y ejercicio de los recursos federales que se otorguen para la Implementación del nuevo Sistema de Justicia Penal en el Distrito Federal, de conformidad con las normas legales aplicables y de acuerdo con los anexos técnicos que sean aprobados por la instancia respectiva, y

XIV. Las demás que de manera directa le asigne el Oficial Mayor, conforme a las actividades inherentes a su cargo.
```

## Notas para agentes

- Citar como: REGLAMENTO de la Ley Orgánica de la Procuraduría General de Justicia del Distrito Federal, artículo 83.
- Este contenido pertenece a un reglamento federal.
- Cuando el artículo diga "la Ley" sin otra ley explícita, resolver contra LOPGJDF.
- Para interpretación jurídica, verificar vigencia, reformas y criterios aplicables.
