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regulation_title: "REGLAMENTO de la Ley Orgánica de la Procuraduría General de Justicia del Distrito Federal"
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article_label: "Artículo 93"
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# REGLAMENTO de la Ley Orgánica de la Procuraduría General de Justicia del Distrito Federal - Artículo 93

## Texto del artículo

Contexto estructural:
- TÍTULO CUARTO - DE LAS ATRIBUCIONES
- CAPÍTULO XVII - DEL INSTITUTO DE FORMACIÓN PROFESIONAL

```text
Artículo 93.- El Consejo Consultivo además de las atribuciones establecidas en la Ley Orgánica de la Procuraduría General de Justicia del Distrito Federal tendrá las atribuciones siguientes:

I. Conocer del seguimiento que se da a los planes y programas académicos del Instituto de Formación Profesional;

II. Sugerir la modificación o actualización de los planes y programas académicos que son sometidos a su opinión;

III. Coadyuvar en el establecimiento de vínculos de colaboración académica y profesional, y

IV. Las demás que establezcan las disposiciones aplicables.
```

## Notas para agentes

- Citar como: REGLAMENTO de la Ley Orgánica de la Procuraduría General de Justicia del Distrito Federal, artículo 93.
- Este contenido pertenece a un reglamento federal.
- Cuando el artículo diga "la Ley" sin otra ley explícita, resolver contra LOPGJDF.
- Para interpretación jurídica, verificar vigencia, reformas y criterios aplicables.
