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regulation_title: "REGLAMENTO de la Ley Orgánica de la Procuraduría General de Justicia del Distrito Federal"
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# REGLAMENTO de la Ley Orgánica de la Procuraduría General de Justicia del Distrito Federal - Artículo 95

## Texto del artículo

Contexto estructural:
- TÍTULO CUARTO - DE LAS ATRIBUCIONES
- CAPÍTULO XVII - DEL INSTITUTO DE FORMACIÓN PROFESIONAL

```text
Artículo 95.- El Comité de Profesionalización Académico tendrá las atribuciones siguientes:

I. Validar los planes y programas de estudios y sus actualizaciones;

II. Definir mecanismos, procedimientos y modalidades de titulación y obtención de grado, de conformidad con la normatividad aplicable y realizar las acciones para su implementación;

III. Proponer y difundir las convocatorias de ingreso y promoción del personal sustantivo;

IV. Autorizar las líneas de investigación en el campo de las ciencias penales y la política criminal, aplicables a la procuración de justicia;

V. Autorizar el Programa Anual de Capacitación y Profesionalización del Personal Sustantivo;

VI. Evaluar el desempeño académico de los profesores del Instituto;

VII. Conocer y resolver los casos específicos que impliquen incumplimiento a las normas escolares;

VIII. Resolver la problemática que se presente con motivo de la interpretación de las convocatorias correspondientes;

IX. Conocer y resolver de las quejas que presenten los alumnos con motivo del desempeño académico de los profesores;

X. Imponer a los alumnos las medidas disciplinarias establecidas en las normas escolares, con motivo de su incumplimiento;

XI. Aprobar las normas escolares que rijan la vida académica del Instituto, que proponga el Coordinador General, previa opinión de la Dirección General Jurídico Consultiva y de Implementación del Sistema de Justicia Penal, y

XII. Validar los criterios y montos propuestos por el Coordinador General del Instituto de Formación Profesional, para el otorgamiento de becas, respecto de las distintas actividades académicas que realiza el Instituto y remitirlos para su autorización al Comité de Profesionalización de la Procuraduría.
```

## Notas para agentes

- Citar como: REGLAMENTO de la Ley Orgánica de la Procuraduría General de Justicia del Distrito Federal, artículo 95.
- Este contenido pertenece a un reglamento federal.
- Cuando el artículo diga "la Ley" sin otra ley explícita, resolver contra LOPGJDF.
- Para interpretación jurídica, verificar vigencia, reformas y criterios aplicables.
