---
regulation_key: "Reg_LOPGR"
regulation_title: "REGLAMENTO de la Ley Orgánica de la Procuraduría General de la República"
kind: reglamento
content_level: regulation_article
article_key: "16"
article_label: "Artículo 16"
article_type: "ordinary"
canonical_path: "/Reg_LOPGR/articulo/16/"
source: diputados
---

# REGLAMENTO de la Ley Orgánica de la Procuraduría General de la República - Artículo 16

## Texto del artículo

Contexto estructural:
- CAPÍTULO CUARTO - DE LAS SUBPROCURADURÍAS

```text
Artículo 16. La Subprocuraduría Especializada en Investigación de Delincuencia Organizada es la unidad especializada a que se refiere el artículo 8 de la Ley Federal contra la Delincuencia Organizada, y tendrá las facultades que dicho ordenamiento le confiere.

Esta Subprocuraduría contará con unidades especializadas y un cuerpo técnico de control que además de las funciones a que se refiere el artículo 8, párrafo segundo, de la Ley Federal contra la Delincuencia Organizada, ejecutará las intervenciones de comunicaciones privadas.
```

## Notas para agentes

- Citar como: REGLAMENTO de la Ley Orgánica de la Procuraduría General de la República, artículo 16.
- Este contenido pertenece a un reglamento federal.
- Para interpretación jurídica, verificar vigencia, reformas y criterios aplicables.
