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regulation_title: "REGLAMENTO de la Ley Orgánica de la Procuraduría General de la República"
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# REGLAMENTO de la Ley Orgánica de la Procuraduría General de la República - Artículo 42

## Texto del artículo

Contexto estructural:
- CAPÍTULO DÉCIMO - DE LAS COORDINACIONES

```text
Artículo 42.- La Coordinación General de Servicios Periciales, ejercerá sus facultades en el territorio nacional a través de las unidades administrativas que integren su organización regional y estatal en cada entidad federativa, quienes fungirán como enlaces y auxiliares de los titulares de las Delegaciones, así como de las demás autoridades judiciales y civiles de la entidad, conforme a lo que establece la Ley Orgánica de la Procuraduría General de la República y demás disposiciones aplicables.
```

## Notas para agentes

- Citar como: REGLAMENTO de la Ley Orgánica de la Procuraduría General de la República, artículo 42.
- Este contenido pertenece a un reglamento federal.
- Para interpretación jurídica, verificar vigencia, reformas y criterios aplicables.
