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regulation_title: "REGLAMENTO de la Ley Orgánica de la Procuraduría General de la República"
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# REGLAMENTO de la Ley Orgánica de la Procuraduría General de la República - Artículo 6

## Texto del artículo

Contexto estructural:
- CAPÍTULO PRIMERO - DE LA ORGANIZACIÓN DE LA PROCURADURÍA

```text
Artículo 6. Las facultades de los titulares de las unidades administrativas y órganos desconcentrados a que se refiere el artículo 3 de este Reglamento, se ejercerán por su conducto y por el personal a su cargo, de conformidad con las normas aplicables y lo que establezca el Procurador.

La comunicación, actividades y flujo de información de las unidades administrativas y órganos desconcentrados a que se refiere el artículo 3 de este Reglamento, podrán realizarse mediante el uso de medios electrónicos, digitales u otra tecnología, de conformidad con los lineamientos que dicte el Procurador.
```

## Notas para agentes

- Citar como: REGLAMENTO de la Ley Orgánica de la Procuraduría General de la República, artículo 6.
- Este contenido pertenece a un reglamento federal.
- Para interpretación jurídica, verificar vigencia, reformas y criterios aplicables.
