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regulation_title: "REGLAMENTO de la Ley de Obras Públicas y Servicios Relacionados con las Mismas"
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article_label: "Artículo 258"
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# REGLAMENTO de la Ley de Obras Públicas y Servicios Relacionados con las Mismas - Artículo 258

## Texto del artículo

Contexto estructural:
- TÍTULO TERCERO - DE LAS OBRAS POR ADMINISTRACIÓN DIRECTA

```text
Artículo 258.- El acuerdo de realización de trabajos por administración directa a que hace referencia el artículo 71 de la Ley deberá contener como mínimo lo siguiente:

I.	Descripción pormenorizada de los trabajos a ejecutar;

II.	Datos relativos a la autorización de la inversión respectiva;

III.	Importe total de los trabajos y, en su caso, los montos por ejercer en cada ejercicio;

IV.	Plazo de ejecución de los trabajos determinado en días naturales, indicando la fecha de inicio y conclusión de los mismos;

V.	Identificación de las áreas y servidores públicos responsables de la autorización y ejecución de los trabajos;

VI.	Los proyectos de ingeniería y arquitectura u otros requeridos;

VII.	Las normas de calidad y especificaciones de construcción;

VIII.	Los programas de ejecución de los trabajos y de suministro o utilización de los insumos;

IX.	Lugar y fecha de su firma, y

X.	Nombre y firma del servidor público que emite el acuerdo.
```

## Notas para agentes

- Citar como: REGLAMENTO de la Ley de Obras Públicas y Servicios Relacionados con las Mismas, artículo 258.
- Este contenido pertenece a un reglamento federal.
- Cuando el artículo diga "la Ley" sin otra ley explícita, resolver contra LOPSRM.
- Para interpretación jurídica, verificar vigencia, reformas y criterios aplicables.
