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regulation_title: "REGLAMENTO de la Ley de Obras Públicas y Servicios Relacionados con las Mismas"
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article_label: "Artículo 262"
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# REGLAMENTO de la Ley de Obras Públicas y Servicios Relacionados con las Mismas - Artículo 262

## Texto del artículo

Contexto estructural:
- TÍTULO TERCERO - DE LAS OBRAS POR ADMINISTRACIÓN DIRECTA

```text
Artículo 262.- Para la recepción de los trabajos en las obras por administración directa, la dependencia o entidad deberá levantar un acta de recepción que contendrá como mínimo lo siguiente:

I.	Lugar, fecha y hora en que se realice;

II.	Nombre y firma de los asistentes y el carácter con que intervienen en el acto;

III.	Nombre y firma del residente y del representante del área que se hará cargo de la operación y mantenimiento de los trabajos;

IV.	Descripción de los trabajos que se reciben;

V.	Importe de los trabajos, incluyendo las posibles modificaciones que se hubieren requerido;

VI.	Periodo de ejecución de los trabajos, incluyendo las prórrogas autorizadas;

VII.	Relación de las estimaciones o de gastos aprobados;

VIII.	Declaración de las partes de que se cuenta con los planos correspondientes a la construcción final, así como los manuales e instructivos de operación y mantenimiento correspondientes y los certificados de garantía de calidad y funcionamiento de los bienes instalados, y

IX.	Fechas de inicio y terminación real de los trabajos, así como del cierre de la bitácora.

La dependencia o entidad podrá efectuar recepciones parciales de los trabajos, debiendo levantar las actas correspondientes.
```

## Notas para agentes

- Citar como: REGLAMENTO de la Ley de Obras Públicas y Servicios Relacionados con las Mismas, artículo 262.
- Este contenido pertenece a un reglamento federal.
- Cuando el artículo diga "la Ley" sin otra ley explícita, resolver contra LOPSRM.
- Para interpretación jurídica, verificar vigencia, reformas y criterios aplicables.
