---
regulation_key: "Reg_LPEAM"
regulation_title: "REGLAMENTO de la Ley de Protección del Espacio Aéreo Mexicano"
kind: reglamento
content_level: regulation_article
article_key: "26"
article_label: "Artículo 26"
article_type: "ordinary"
parent_law_key: "LPEAM"
canonical_path: "/Reg_LPEAM/articulo/26/"
source: diputados
---

# REGLAMENTO de la Ley de Protección del Espacio Aéreo Mexicano - Artículo 26

## Texto del artículo

Contexto estructural:
- TÍTULO SEGUNDO - ORGANIZACIÓN
- Capítulo II - Del Consejo Nacional de Vigilancia y Protección del Espacio Aéreo
- Sección Primera - De la Operación del Consejo

```text
Artículo 26.- Cuando haya algún cambio de la persona titular o de su suplente de los integrantes del Consejo, se debe tomar la protesta al cargo en la siguiente sesión, lo que se hará constar en el acta correspondiente.
```

## Notas para agentes

- Citar como: REGLAMENTO de la Ley de Protección del Espacio Aéreo Mexicano, artículo 26.
- Este contenido pertenece a un reglamento federal.
- Cuando el artículo diga "la Ley" sin otra ley explícita, resolver contra LPEAM.
- Para interpretación jurídica, verificar vigencia, reformas y criterios aplicables.
