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regulation_title: "REGLAMENTO de la Ley de la Policía Federal"
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article_label: "Artículo 63"
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source: diputados
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# REGLAMENTO de la Ley de la Policía Federal - Artículo 63

## Texto del artículo

Contexto estructural:
- TÍTULO PRIMERO - DE LA ORGANIZACIÓN
- CAPÍTULO TERCERO - DE LAS ATRIBUCIONES
- SECCIÓN SÉPTIMA - DE LAS DIRECCIONES GENERALES

```text
Artículo 63.- Corresponde a la Dirección General de Inteligencia Operativa:

I.	Realizar acciones de inteligencia operativa y de campo para la recopilación y obtención de información sustantiva para la generación de inteligencia;

II.	Efectuar servicios de vigilancia para lograr la ubicación de personas o grupos relacionados con algún delito federal;

III.	Realizar servicios de vigilancia que permitan la ubicación de inmuebles vinculados a delitos de fuero federal;

IV.	Desarrollar servicios de vigilancia para lograr la localización de testigos, obtención de evidencia o corroboración de información;

V.	Llevar a cabo servicios de seguimiento en cualquiera de sus modalidades: fija, a pie o motorizada, para vigilar a distancia personas o vehículos presumiblemente vinculados con algún delito federal;

VI.	Diseñar y ejecutar servicios de cobertura de acción o de fondo, que proporcionen al Integrante herramientas para el mejor desempeño de sus funciones;

VII.	Elaborar los procedimientos sistemáticos de operación para el manejo de informantes y fuentes vivas de información, que sirvan de apoyo a las labores de vigilancia y seguimiento;

VIII.	Implementar sistemas para el manejo confidencial de la información recabada de los servicios de vigilancia y seguimiento, y

IX.	Las demás que le confieran este Reglamento, otras disposiciones legales aplicables o aquéllas que le encomiende el inmediato superior de quien dependa.
```

## Notas para agentes

- Citar como: REGLAMENTO de la Ley de la Policía Federal, artículo 63.
- Este contenido pertenece a un reglamento federal.
- Cuando el artículo diga "la Ley" sin otra ley explícita, resolver contra LPF.
- Para interpretación jurídica, verificar vigencia, reformas y criterios aplicables.
