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regulation_title: "REGLAMENTO de la Ley de Productos Orgánicos"
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# REGLAMENTO de la Ley de Productos Orgánicos - Artículo 20

## Texto del artículo

Contexto estructural:
- CAPÍTULO V - DE LOS ORGANISMOS DE CERTIFICACIÓN
- Sección I - De los requisitos de aprobación

```text
Artículo 20.- La Secretaría por conducto del SENASICA al aprobar un Organismo de Certificación Orgánica, le asignará un número de identificación con el que será inscrito en el padrón de Organismos de Certificación Orgánica.
```

## Notas para agentes

- Citar como: REGLAMENTO de la Ley de Productos Orgánicos, artículo 20.
- Este contenido pertenece a un reglamento federal.
- Cuando el artículo diga "la Ley" sin otra ley explícita, resolver contra LPO.
- Para interpretación jurídica, verificar vigencia, reformas y criterios aplicables.
