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regulation_title: "REGLAMENTO de la Ley de Productos Orgánicos"
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# REGLAMENTO de la Ley de Productos Orgánicos - Artículo 65

## Texto del artículo

Contexto estructural:
- CAPÍTULO XII - DE LAS INFRACCIONES Y SANCIONES

```text
Artículo 65.- Toda persona podrá denunciar, directamente ante la Secretaría, la existencia de hechos que puedan constituir cualquiera de las infracciones administrativas previstas en la Ley y cualquier violación a ésta o a los demás ordenamientos que regulen materias relacionadas con la producción orgánica.
```

## Notas para agentes

- Citar como: REGLAMENTO de la Ley de Productos Orgánicos, artículo 65.
- Este contenido pertenece a un reglamento federal.
- Cuando el artículo diga "la Ley" sin otra ley explícita, resolver contra LPO.
- Para interpretación jurídica, verificar vigencia, reformas y criterios aplicables.
