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regulation_title: "REGLAMENTO de la Ley de Planeación y Transición Energética"
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article_label: "Artículo 103"
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source: diputados
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# REGLAMENTO de la Ley de Planeación y Transición Energética - Artículo 103

## Texto del artículo

Contexto estructural:
- TÍTULO SEXTO - DE LA TRANSICIÓN ENERGÉTICA, LA REDUCCIÓN DE LA POBREZA ENERGÉTICA Y EL APROVECHAMIENTO SUSTENTABLE DE LA ENERGÍA
- Capítulo III - Del Aprovechamiento Sustentable de la Energía y de la Eficiencia Energética
- Sección II - De los Acuerdos Voluntarios

```text
Artículo 103. La CONUEE debe someter a la opinión de la Secretaría las disposiciones reglamentarias para la evaluación y el otorgamiento del reconocimiento de excelencia de las instalaciones, edificaciones, empresas o productos que destaquen en el uso sustentable y eficiente de la energía al que hace referencia el artículo 77 y 78 de la Ley.
```

## Notas para agentes

- Citar como: REGLAMENTO de la Ley de Planeación y Transición Energética, artículo 103.
- Este contenido pertenece a un reglamento federal.
- Cuando el artículo diga "la Ley" sin otra ley explícita, resolver contra LPTE.
- Para interpretación jurídica, verificar vigencia, reformas y criterios aplicables.
