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regulation_title: "REGLAMENTO de la Ley de Planeación y Transición Energética"
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# REGLAMENTO de la Ley de Planeación y Transición Energética - Artículo 18

## Texto del artículo

Contexto estructural:
- TÍTULO SEGUNDO - DEL CONSEJO DE PLANEACIÓN ENERGÉTICA
- Capítulo II - De los Comités

```text
Artículo 18. Los Comités se integran por representantes de la Secretaría, órganos administrativos desconcentrados, empresas públicas del Estado y entidades paraestatales sectorizadas. Los Comités deben ser coordinados por las personas servidoras públicas de la Secretaría.
Los requisitos y el procedimiento para la integración de los Comités deben ser establecidos en los Lineamientos de Operación.
```

## Notas para agentes

- Citar como: REGLAMENTO de la Ley de Planeación y Transición Energética, artículo 18.
- Este contenido pertenece a un reglamento federal.
- Cuando el artículo diga "la Ley" sin otra ley explícita, resolver contra LPTE.
- Para interpretación jurídica, verificar vigencia, reformas y criterios aplicables.
