---
regulation_key: "Reg_LPTE"
regulation_title: "REGLAMENTO de la Ley de Planeación y Transición Energética"
kind: reglamento
content_level: regulation_article
article_key: "26"
article_label: "Artículo 26"
article_type: "ordinary"
parent_law_key: "LPTE"
canonical_path: "/Reg_LPTE/articulo/26/"
source: diputados
---

# REGLAMENTO de la Ley de Planeación y Transición Energética - Artículo 26

## Texto del artículo

Contexto estructural:
- TÍTULO TERCERO - DE LOS INSTRUMENTOS DE PLANEACIÓN DEL SECTOR ENERGÉTICO
- Capítulo I - De la Coordinación, Coherencia, Exhaustividad y Consistencia

```text
Artículo 26. En lo que resulte aplicable, las metas de los Instrumentos de Planeación del Sector Energético deben hacer referencia a su alineación con los compromisos internacionales del Estado Mexicano frente al cambio climático, los Objetivos del Desarrollo Sostenible, así como con cualquier otra iniciativa internacional de la que el Estado Mexicano forme parte.
```

## Notas para agentes

- Citar como: REGLAMENTO de la Ley de Planeación y Transición Energética, artículo 26.
- Este contenido pertenece a un reglamento federal.
- Cuando el artículo diga "la Ley" sin otra ley explícita, resolver contra LPTE.
- Para interpretación jurídica, verificar vigencia, reformas y criterios aplicables.
