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regulation_title: "REGLAMENTO de la Ley de Planeación y Transición Energética"
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# REGLAMENTO de la Ley de Planeación y Transición Energética - Artículo 43

## Texto del artículo

Contexto estructural:
- TÍTULO TERCERO - DE LOS INSTRUMENTOS DE PLANEACIÓN DEL SECTOR ENERGÉTICO
- Capítulo IV - Del Plan para la Transición Energética y el Aprovechamiento Sustentable de la Energía

```text
Artículo 43. Como parte de la elaboración o actualización del PLATEASE, la Secretaría debe incluir información sobre la reducción de la Pobreza Energética obtenida gracias a la implementación de programas y proyectos de Justicia Energética.
Para dar cumplimiento al presente artículo, la Secretaría puede, a través de convenios de colaboración y coordinación, contar con el apoyo de la CFE, la CONUEE, el Instituto Nacional de Pueblos Indígenas, la Secretaría de Bienestar, así como de cualquier otra instancia pública, privada o de la sociedad civil que realice programas relacionados con la Justicia Energética.
```

## Notas para agentes

- Citar como: REGLAMENTO de la Ley de Planeación y Transición Energética, artículo 43.
- Este contenido pertenece a un reglamento federal.
- Cuando el artículo diga "la Ley" sin otra ley explícita, resolver contra LPTE.
- Para interpretación jurídica, verificar vigencia, reformas y criterios aplicables.
