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regulation_title: "REGLAMENTO de la Ley de Planeación y Transición Energética"
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# REGLAMENTO de la Ley de Planeación y Transición Energética - Artículo 49

## Texto del artículo

Contexto estructural:
- TÍTULO TERCERO - DE LOS INSTRUMENTOS DE PLANEACIÓN DEL SECTOR ENERGÉTICO
- Capítulo VI - Del Plan de Desarrollo del Sector Hidrocarburos

```text
Artículo 49. El diagnóstico al que hace referencia el artículo 31, fracción I, de la Ley debe incluir la información histórica de los últimos quince años, así como el panorama de la situación actual que incluya la producción de hidrocarburos, la infraestructura de producción de los derivados de los hidrocarburos, así como del Almacenamiento y Transporte de Hidrocarburos y sus derivados.
```

## Notas para agentes

- Citar como: REGLAMENTO de la Ley de Planeación y Transición Energética, artículo 49.
- Este contenido pertenece a un reglamento federal.
- Cuando el artículo diga "la Ley" sin otra ley explícita, resolver contra LPTE.
- Para interpretación jurídica, verificar vigencia, reformas y criterios aplicables.
