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regulation_title: "REGLAMENTO de la Ley de Planeación y Transición Energética"
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# REGLAMENTO de la Ley de Planeación y Transición Energética - Transitorio CUARTO

## Texto del artículo

Contexto estructural:
- Transitorios

```text
CUARTO. Dentro de un plazo no mayor a ciento ochenta días hábiles, contados a partir de la entrada en vigor del presente Reglamento, la Secretaría debe realizar las acciones y gestiones necesarias para que el Sistema Nacional de Información Energética inicie operaciones en los términos establecidos en la Ley y el Reglamento.
```

## Notas para agentes

- Citar como: REGLAMENTO de la Ley de Planeación y Transición Energética, artículo transitorio-cuarto.
- Este contenido pertenece a un reglamento federal.
- Cuando el artículo diga "la Ley" sin otra ley explícita, resolver contra LPTE.
- Para interpretación jurídica, verificar vigencia, reformas y criterios aplicables.
