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regulation_title: "REGLAMENTO de la Ley de Planeación y Transición Energética"
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article_label: "Transitorio DÉCIMO SEGUNDO"
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# REGLAMENTO de la Ley de Planeación y Transición Energética - Transitorio DÉCIMO SEGUNDO

## Texto del artículo

Contexto estructural:
- Transitorios

```text
DÉCIMO SEGUNDO. Por única ocasión y durante el primer ciclo anual de planeación referido en los artículos 56 y 58 del Reglamento, el orden secuencial y el procedimiento para la elaboración de los insumos y publicación de los Instrumentos de Planeación del Sector Energético pueden diferir de lo establecido en la Ley y el Reglamento. A partir del segundo ciclo anual de planeación, la actualización y publicación de estos instrumentos debe realizarse conforme a los procedimientos, orden secuencial y temporal establecido en la Ley y el Reglamento, así como estar sujeta a la opinión del Consejo.
```

## Notas para agentes

- Citar como: REGLAMENTO de la Ley de Planeación y Transición Energética, artículo transitorio-decimo-segundo.
- Este contenido pertenece a un reglamento federal.
- Cuando el artículo diga "la Ley" sin otra ley explícita, resolver contra LPTE.
- Para interpretación jurídica, verificar vigencia, reformas y criterios aplicables.
