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regulation_title: "REGLAMENTO de la Ley de Pesca"
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# REGLAMENTO de la Ley de Pesca - Artículo 24

## Texto del artículo

Contexto estructural:
- TÍTULO PRIMERO - DE LAS DISPOSICIONES GENERALES
- CAPÍTULO V - DE LAS VEDAS

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Artículo 24.- La Secretaría establecerá las épocas y zonas de veda para la flora y fauna acuáticas.

Al establecerse una veda se precisará su carácter temporal o permanente, así como la denominación común y científica de las especies vedadas y las demás condiciones que la Secretaría juzgue necesarias para su protección, de conformidad con la Ley y demás disposiciones legales aplicables.
```

## Notas para agentes

- Citar como: REGLAMENTO de la Ley de Pesca, artículo 24.
- Este contenido pertenece a un reglamento federal.
- Para interpretación jurídica, verificar vigencia, reformas y criterios aplicables.
